Mes: agosto 2019
Iniciado el concurso no hay marcha atrás
A diferencia de lo que ocurren en los procedimientos declarativos, en los que actúa, como regla general, el principio dispositivo; en el procedimiento concursal ese principio dispositivo no se reconoce, vinculándose la declaración del concurso no a que el deudor lo inste, sino a que se acredite la situación de insolvencia.
Continuar leyendo “Iniciado el concurso no hay marcha atrás”